Los responsables de los chicos responsables

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Desde 2008, para los jóvenes acusados de cometer un delito en la provincia de Buenos Aires rige un sistema de Justicia especializado. Separado del de los adultos y acorde a recomendaciones internacionales. La Pulseada dialogó con actores judiciales que vienen implementándolo. Cifras, símbolos, deudas y papeles de la transición. Y los cortocircuitos con el Poder Ejecutivo, protagonista en la protección y la promoción de los derechos de los chicos.

Por Josefina López Mac Kenzie

Hace cuatro años, esta revista acompañó con una nota de tapa el estreno en la provincia de Buenos Aires de un sistema de administración de Justicia Penal Juvenil pionero en el país. Poco antes se había derogado el oscuro Patronato de Menores, que durante casi un siglo encerró a los chicos sin rendir cuentas. Gracias a la pelea de muchos, empezaba otra historia: un marco legal para abordar los problemas de los niños mirándolos de frente y priorizando la promoción y la protección de sus derechos.

Se diferenciaron los asuntos que debe resolver el Poder Ejecutivo de los que debe afrontar la Justicia. Se entendió que los chicos no son objetos sino sujetos con derecho a ser escuchados. Se empezó a limitar el control policial sobre ellos. Y se acabó con el delirio legal que hacía que, en definitiva, los chicos tuvieran menos derechos que los grandes, porque por cualquier entrevero de conflictos y decisiones quedaban a disposición de un juez, encerrados y sin información sobre los tiempos de su encierro.

El Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil (FRPJ), promulgado en diciembre de 2007, regula qué se hace cuando resultan involucradas en una investigación judicial personas de entre 16 y 18 años, en un proceso con las mismas garantías que los adultos pero con particularidades por su condición de personas en desarrollo. Por ejemplo, tienen que ser escuchados. No se los puede encerrar si no es por algo gravísimo (y por poco tiempo). Y el proceso penal persigue un aprendizaje, una maduración respetuosa y constructiva.

La ley provincial 13.634, que crea el FRPJ, disolvió los emblemáticos tribunales de Menores y creó un universo de actores para instrumentar gradualmente esta Justicia especializada: jueces de Responsabilidad Penal Juvenil (RPJ), jueces de Garantías del Joven, defensores y fiscales. En aquel número de La Pulseada (Nº 64), cinco flamantes funcionarios reflexionaban sobre los desafíos del sistema que empezaban a aplicar. Transformar la cultura del Patronato no sería sencillo, planteaban en esa nota, titulada “Reparar antes que sancionar”. Y es un hecho que esa transición continúa, llena de claroscuros.

Gran parte de la resistencia al cambio está en el Poder Ejecutivo, una pata paradójicamente decisiva para que el nuevo paradigma funcione. Para que los chicos pobres no terminen judicializados (“en realidad, si el sistema de promoción local y zonal funciona casi no tendríamos que intervenir”, decía el defensor Julián Axat en aquella nota). Y para que los que se equivocaron puedan encaminarse. A la salida de las detenciones, por ejemplo, tienen que estar de la mano los jueces y los servicios y programas comunitarios, para acompañar estratégicamente la integración social.

Pero en estos años, la puja de muchos por implementar a fondo las complementarias leyes de la Justicia juvenil y de la Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niños y Adolescentes —un marco legal acorde a la Convención Internacional por los Derechos del Niño y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos— ha encontrado mezquindades presupuestarias e incluso políticas públicas que atrasan. Las “patrullas juveniles”, las detenciones arbitrarias de chicos, el Código Contravencional, las amenazas de cierre de servicios locales, la precaria situación laboral de los operadores de niñez y los centros de detención que se vienen abajo ejemplifican ese viento en contra. Esa tendencia a pensar más desde la “seguridad” que desde la niñez.

La transición viene siendo todo esto.

Los papeles del tiempo

“Esto no es nada con respecto a lo que teníamos”, compara una funcionaria del FRPJ de La Plata, y no le alcanzan los brazos para siluetear la montaña de expedientes que se les amontonaban “antes”, cuando en los juzgados de Menores confluía todo lo que involucrara a los chicos.

En 2007, el último año del viejo sistema, en La Plata se iniciaron 4.430 causas (un promedio de 886 expedientes por juzgado) y en toda la Provincia, ¡52.101! De esa masa de papeles, una enormidad estaba judicializando a chicos que ni siquiera estaban acusados de algo: en La Plata, 1.907 causas fueron asistenciales y en la Provincia, 22.730, ese año.

La separación entre lo que se dirime en la Justicia de RPJ y lo que compete al Poder Ejecutivo o al fuero de Familia es el corazón de lo nuevo. Lo que queda de lo viejo (y tramita en el FRPJ hasta que se resuelva) se conoce como “causas de la transición”. Según datos oficiales publicados en marzo de 2011, en la Provincia quedaban 72.137 (34% penales, 39% asistenciales y 27%, paralizadas). La mayor cantidad de causas pendientes está en San Martín para lo penal y en Quilmes para lo asistencial (¡6.165 causas!). La Plata es de los que menos tienen: 468 asistenciales (medidas de abrigo o protección, becas para chicos institucionalizados, guardas institucionales o con familias otorgadas para que los chicos tengan obra social y están vigentes hasta que cumplan los 18, etc.), 902 penales y 617 paralizadas.

El mismo relevamiento oficial contabilizó 2.500 chicos “de la transición” internados (¡94%, por motivos asistenciales!) en la Provincia. En La Plata, los internados asistenciales eran 100.

El otro monstruo de papel son las “causas terminadas” que en el régimen anterior solían apelotonarse en los juzgados y hay que archivar: hay medio millón de expedientes en esta situación.

Mientras, trabajan en lo nuevo, puramente penal.

Según las estadísticas de la Procuración de la Suprema Corte de Justicia, se viene iniciando por año en la Provincia un promedio de 28.000 expedientes en los que se investiga la participación en hechos —o tentativas de hechos— delictivos de chicos de entre 16 y 18 años. Una población que suma 781.492 chicos según el censo 2010.

En el departamento judicial La Plata (que es muy grande porque incluye 13 municipios más), donde viven 50.385 chicos de entre 16 y 18 años, se abren por año unas 2.900 de estas investigaciones.

La mayoría de los acusados son varones, humildes y oriundos del conurbano bonaerense. El grueso de las causas es por robo y por lesiones. En mucha menor medida, delitos contra la integridad sexual y homicidios; éstos son casi siempre producto de peleas entre grupos de chicos y no en ocasión de robo, apunta la funcionaria que comparaba en pilas de expedientes el ayer y el hoy. Las nenas son pocas y suelen ingresar al sistema penal “por estupefacientes”.

Con respecto a los plazos de la investigación, que en la justicia penal de adolescentes deben ser lo más cortos posible, varias fuentes consultadas en juzgados coinciden en que por ahora se están cumpliendo. Este fuero “no está tan viciado como el de adultos”, resumen. Y el punto no es menor, por lo que implica el tiempo en la adolescencia, que se evapora.

De las causas iniciadas muchas se suspenden o los conflictos se resuelven antes de llegar a los juzgados de juicio, con programas de mediación para que se reparen los daños causados o haya conciliación entre acusado y víctima. Todo un trabajo previo en el que se ponen en juego las particularidades de la justicia juvenil y se evalúa, entre otras cosas, si el proceso puede causar en el chico un perjuicio mayor que el que se dice que él causó.

Los símbolos

El derecho de los chicos a un juicio justo, con alguien que los acusa y alguien que los defiende, es el gran símbolo del nuevo sistema. En aquella nota de 2008, Axat lo graficaba así: “Me parece interesante como ejercicio republicano; es decir, que si el pibe se mandó un moco, tenga la posibilidad de ver todo un teatro delante de él que está hablando de él”.

Sin embargo, se hacen pocos juicios orales. De las causas que avanzan pero no se resuelven con mediaciones u otras medidas, aproximadamente en un tercio se pone en juego esa escena impactante que describía el defensor, donde se juntan las partes, el chico y dos o tres personas más (en general, acompañan las madres). El resto se resuelve por procedimientos distintos, como el “juicio abreviado” o la “suspensión de juicio a prueba”, menos teatral.

Sobre esto, una auxiliar del fuero reflexiona hoy: “Hay que ser realistas: no puede llegar todo a juicio, porque por ejemplo no hay fiscales de instrucción y fiscales de juicio sino que todos hacen todo: investigar en otras causas e ir al debate oral. Pero que se arregle mucho por juicio abreviado no sé si está bueno… porque en el juicio oral se ven otras cuestiones, pasan los testigos…”.

“La finalidad del fuero —continúa— no es el castigo, y de hecho hay muchísimas causas en las que no se impone pena, sino que registren, que se den cuenta y se hagan responsables. Son chicos, están en formación, y el paso por el juicio oral es una manera de que registren. Pero eso, desde mi punto de vista, es difícil si le hacen firmar un papel, como en el juicio abreviado, que dice ‘te van a dar tal pena, la vas a cumplir en tales condiciones o arreglamos tal cosa’”.

A los juzgados los caminan “nenes”, describe. “Los ves llegar y son nenes… algunos realmente son nenes. Otros la tienen más clara pero también lo son”. Estos chicos, recuerda, “están determinados por situaciones sociales”. Por eso a veces en el juzgado ya los conocían, de cuando eran muy chicos y, en muchos casos junto a sus hermanos, padecieron al viejo paradigma por cuestiones asistenciales. Un tránsito que subraya por qué el Poder Ejecutivo debe invertir en la niñez en riesgo social.

El mensaje

La Justicia de RPJ puede sentenciar que un joven es responsable de algo pero no se expide sobre su sanción penal hasta que tenga 18 años. Si en ese lapso el chico demuestra que está haciendo las cosas bien (por ejemplo, acatando algunas reglas de conducta impuestas para inculcarle responsabilidad y orientarlo en un proyecto de vida digno), eso se tiene en cuenta cuando hay que decidir su pena. “Es una decisión facultativa del juez, pero a veces es muy claro, salta a la vista: por ahí el chico viene, está en el debate, todo, y después de todos los informes le pusieron como medida que vaya al centro de referencia, que haga esto y lo otro, y te viene cumpliendo todo hace un año, y tiene nenes, está trabajando o estudiando, no vuelve a cometer delitos… ¿por qué le vas a aplicar pena, qué sentido tiene?”, explica la auxiliar, y el espíritu de lo nuevo se corporiza de algún modo.

También hay adolescentes que fueron hallados culpables de algo y cuando cumplen los 18 y se tiene que definir su sanción ya fueron absorbidos por el Servicio Penitenciario, probablemente porque la falta de oportunidades que los “seleccionó” para entrar al sistema judicial —como sucede en el grueso de los casos— no se modificó. “Hace poco —cuenta la funcionaria— se había declarado penalmente responsable a un chico que en su momento tenía 16 o 17 años. Cuando cumple 18 y la causa vuelve al juez para que se expida sobre la sanción penal, el chico ya hacía seis meses que estaba en una unidad carcelaria, condenado por un delito como mayor. Había caído —lamenta—. Entonces la decisión fue: ‘La finalidad del fuero en su momento no se pudo lograr, porque el chico pasó por él y volvió a cometer delitos. Pero es innecesario y gravoso imponerle una sanción que se acumule a la que tiene ahora’”.

Pero los casos más típicos son aquellos en que el chico asume un proyecto de vida distinto y no se le aplica pena si se evalúa que no es necesario. Les queda sólo una declaración de culpabilidad; ésta podría llegar a ser tenida en cuenta por un juez de adultos, pero cuando una causa termina se tiene que borrar del sistema y no debería interferir en, por ejemplo, conseguir un empleo.

Para que los chicos cumplan distintas medidas ordenadas por la Justicia hay centros de referencia, donde se trabaja la responsabilización en programas desconcentrados en municipios u organizaciones de la comunidad (que estos ámbitos manejen recursos es clave para el éxito del nuevo sistema); 14 centros de contención (de modalidad semicerrada); 3 alcaidías y 15 centros de recepción y cerrados para los chicos condenados al encierro. Denunciados por operadores judiciales y por organismos de derechos humanos, estos establecimientos son el peor agujero del FRPJ (ver “Los institutos”).

Los enunciados

Blanca Lasca trabajó 16 años como jueza de Menores en Quilmes. Desde que arrancó el FRPJ se desempeña en La Plata, donde es titular del juzgado Nº 1. De lo asistencial viejo tiene 99 causas y 23 chicos internados, y de lo nuevo recibió 105 causas. En su despacho —donde hay fotos de chicos, un crucifijo, un aire acondicionado antiguo y muchos papeles— evalúa ante La Pulseada: “Una de las grandes falencias es que nosotros somos a la vez jueces de juicio y de ejecución penal (N de la R: el juez que interviene en todo lo que afecte los derechos del niño mientras cumple una condena). Y no se puede estar en todo porque en algo estás mal —plantea—. Para tener contacto con todos los chicos que tengo privados de la libertad tendría que salir casi todos los días a unidades e institutos, porque están casi todos dispersos, y mi labor acá en el juzgado se restringiría, no podría hacer juicios. Y al chico no es lo mismo que lo vea el secretario o lo vea yo. Nada que ver”.

Además, estos jueces tienen que integrar los tribunales que se conforman, aunque muy pocas veces, para las causas más graves, e ir a inspeccionar habitualmente los centros de detención (ver “Los institutos”).

El tiempo, la celeridad con que debe tramitar todo, es otro punto que discute: “Como jueza de juicio quizá tengo dos, tres o cuatro encuentros con el chico: la preparación, el debate y la lectura de la sentencia. Si hay ejecución, sigo viendo cómo transcurre. Si no ya lo perdí de vista. En el viejo sistema yo conocía al chico a lo mejor desde los 9 años, conocía a toda su familia, conocía todo. Los chicos empezaban y terminaban conmigo. En el nuevo eso se me pierde —compara— porque el chico transcurre todo lo anterior con el juez de garantías, el fiscal y el defensor. Entonces la relación ya no es igual” (ver “Papeles que cambiaron”).

Esa cuestión de los tiempos estaba presente ya en un balance que miembros del FRPJ hicieron sobre su primer año de vigencia, la Asociación Argentina de Magistrados, Funcionarios y Profesionales de la Justicia de Niñez, Adolescencia y Familia publicó en su web en mayo de 2009 y Blanca Lasca acompañó. Además, allí se apuntaba al Poder Ejecutivo —a la gestión de la entonces subsecretaría de Niñez y Adolescencia— por la falta de recursos y servicios para contener a los jóvenes en conflicto con la ley penal.

“Recursos hay pocos donde busques, en la parte penal y en la asistencial —ratifica hoy la doctora Lasca, en coincidencia con la denuncia de “vaciamiento de políticas de la niñez” hecha por organizaciones y trabajadores de la niñez y difundida por esta revista en mayo—. Porque el fuero se implementó y después no se hizo más nada. Por ejemplo, la ley ordena medidas como morigeraciones o alternativas de la pena privativa de la libertad, pero no hay quien lo controle. Porque hay un centro de referencia pero no tiene operadores, no tienen forma de hacer un seguimiento estricto porque no dan abasto…”.

“No se cumple ni medianamente con las condiciones que plantea la legislación para las detenciones —agrega—: los chicos no están separados de los adultos, están los condenados con los procesados, no tienen lo que tienen que tener de esparcimiento y de abordajes… Aún en las instituciones que son exclusivamente de menores, vivimos permanentemente con habeas corpus controlando paso a paso cosas elementales: que el médico los vea, que el odontólogo aparte de mirar su ficha les saque las muelas y se las arregle o les ponga un implante…”.

“Me consta que los directivos de los institutos ponen plata de sus bolsillos para poder solventar algunos gastos internos para cosas elementales… —continúa, y ejemplifica con un profesor de Filosofía y Letras que pedía, para trabajar en un instituto, una video y un televisor—. Si al chico en sus momentos de encierro le das actividad no está pensando en fugarse, o en pelearse con el otro, o en robarle las zapatillas o en ver que cuando esté afuera vuelve a hacer lo mismo. Como lo puse en la sentencia en su momento —avanza Lasca, con referencia a un reciente recurso de habeas corpus que prohibió los ingresos al instituto Almafuerte y fijó una multa al secretario provincial de Niñez—, son meras enunciaciones”.

Según la jueza, la reincidencia en los chicos que han pasado por el fuero “es muchísima” y “significa que no hubo nada, ningún abordaje real y concreto, ni hubo una incorporación del chico sobre responsabilizarse por los hechos que cometió”.

“El sistema de la protección de la niñez está devastado”

“No se ha dedicado una política de la niñez para decir ‘todos los esfuerzos están acá’, ‘el presupuesto es todo para esto’, y ver qué pasa; entonces ¿qué vamos a evaluar de los chicos? —se pregunta Blanca Lasca—. Si yo a un chico le exijo que vaya a la escuela o busque una alternativa laboral pero no lo ayudás a que consiga una changa, o a documentarlo, todo eso, no le queda otra que volver al circuito en el que estaba. Entonces coincido en que el sistema es bueno, obviamente. Lo otro era pésimo, era privarlos absolutamente de todos los derechos y, según quién les tocara, era a suerte y verdad lo que le pasaba. Pero el sistema es bueno si está preparado con los recursos necesarios para abordar el antes y el después…”.

El sistema fracasa en principio si no hay políticas que otorguen posibilidades, resume la jueza. Y cuenta que los chicos siempre le dicen “‘doña, por favor, a mi hermanito que lo cuiden, que mi hermanito no vaya a caer en lo mismo que yo, digalé…”.

“Para mí no hay políticas de la niñez. Es más, todo el sistema de protección de la niñez está devastado. Y una vez que el chico llegó, no existen recursos suficientes para insertarlo nuevamente al sistema —concluye Blanca Lasca—. Las salidas alternativas son declarativas: le das un arresto domiciliario que de arresto domiciliario no tiene nada porque al chico no lo podés tener encerrado en su casa con compromisos adictivos, con violencia y sin hacer nada. No tenés operadores que lo controlen. Con lo cual comete otro delito entonces ya se terminó la morigeración y va a la institución. Los abordajes en la institución, con toda la buena voluntad, ideas y formas que tienen los operadores, no se pueden dar porque no tienen los recursos. Y en el después, ni hablar. Cuando el chico sale, ¿qué le damos para que la situación que lo llevó a todo esto sea revertida?”.
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