Fuerza bruta

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Ilustración Laura Llovera

La prepotencia volvió a mostrar su peor cara en una ciudad saturada de uniformes. Cuatro policías de un comando “de prevención” demoraron, golpearon y humillaron a dos adolescentes que supuestamente habían hecho una denuncia falsa al 911.

Por Francisco Martínez

Cuando se habla de “brutalidad policial” pocas veces hay ejemplos tan burdos. En City Bell, en abril pasado, cuatro policías de un comando que en los papeles tiene la misión de prevenir delitos terminaron detenidos casi un mes y pasados a disponibilidad, acusados de vejaciones, apremios ilegales agravados y lesiones leves cometidas contra dos adolescentes que volvían de la escuela. Querían que confesaran haber realizado una denuncia falsa a la línea de emergencias 911.

Todo abuso de poder es repudiable, pero lo es más cuando el desbalance de fuerzas es mayor, como dos adolescentes en la calle frente a cuatro policías armados, con patrulleros, equipos de comunicación y toda la fuerza del Estado para amedrentar. Y torturar.

El episodio tiene un marco: la ciudad saturada de uniformes. Los efectivos que quedaron detenidos integran el Comando de Prevención Comunitaria (CPC), una fuerza lanzada el año pasado para marcar presencia policial en los barrios. Sus integrantes, se supone, están capacitados —como los de la flamante Policía Local (La Pulseada 129)— para detectar posibles delitos. Y avalados para determinar según criterios individuales cuándo se encuentran ante un potencial ilícito. El caso de los hermanos de City Bell no es el mejor ejemplo de eficacia.

Igual que la Policía Local, el CPC tiene como base de operaciones el predio ubicado en 21 y 527 —detrás del Estadio Único— y forma parte de la estructura de la Policía Bonaerense, en la órbita del Ministerio de Seguridad. Lo único que los diferencia de la Local es que se movilizan sólo en patrulleros: no tienen caminantes, por lo que no constituyen una fuerza de “proximidad”.

El ataque

Apenas caía la noche el último 24 de abril en City Bell, un adolescente caminaba por 14 A y 472, en la zona más residencial y céntrica de esa localidad del norte platense. Iba a buscar a su hermano mayor, que tiene 17 años, a la Escuela Media 4. La Pulseada preserva la identidad de ambos jóvenes, no sólo porque son menores de edad sino para evitar mayores represalias.

Cuando los dos chicos pegaban la vuelta para su casa aparecieron dos móviles policiales con cuatro policías —tres hombres y una mujer— que los redujeron rápidamente y les hicieron poner las manos contra el capot de uno de los móviles.

¿El motivo? No había ocurrido ningún robo, ni eran quemacoches, ni se encuadraban en alguna de las metáforas que fagocitan tanto a medios masivos como a algunos vecinos gritones ante las cámaras. Los acusaban de haber llamado a la central de llamadas de emergencias 911 para jugar una broma sobre un robo que, supuestamente, había ocurrido en la escuela. O sea, los señalaban como autores de una de las miles de denuncias anónimas que llegan a esa central por día.

—¿Vos fuiste el que llamaste? —inquirió uno de los policías, que estaba de civil.

—No, yo no fui —respondió uno de los hermanos.

—¿De quién es el celular?

—Mío.

—¿Encima me tomás el pelo?

Los chicos negaron la acusación, pero la primera respuesta estatal fue golpe de puño de uno de los policías en el abdomen del menor de los hermanos, que padece un retraso mental leve y hemiplejía infantil. Le siguió un mamporro en la cabeza con el Nextel. El chico comenzó a sangrar. En lugar de llamar a una ambulancia, uno de los efectivos, al que en el barrio apodan “Chávez” —por su parecido con Andrés, el jugador de Boca— le tiró unos pañuelos descartables sobre el capot del móvil. “Tomá limpiate”, lanzó.

Para completar el cuadro, le espetó:

—Vos eras el mogólico que estaba gritando la otra vez por la ventana (de la escuela).

—Yo no era, eran mis compañeros –explicó el joven.

—Sí, eras vos, mogólico de mierda.

La verdugueada

Ante el reclamo del hermano mayor por la forma en que golpeaban y trataban al chico comenzó la verdugueada. Los policías querían saber qué estaban haciendo en la calle cerca de las 8 de la noche de un viernes.

“Me dijo a mí ‘qué estás haciendo’, y yo le respondí que estaba saliendo de la escuela. Me agarró la carpeta y me dijo ‘vos estudiás, gil, para mí que vas a calentar el banco, mirá las cosas que tenés, ¿así vas a estudiar vos?’”, declaró el joven ante la fiscal Betina Lacki, que investiga el caso.

La “detención” se prolongó por unos 30 minutos, mientras los policías les solicitaban varias veces sus datos para girarlos por radio y pegar la consecuente apretada. “Sabés cómo los voy a levantar a ustedes…”, amenazó uno de los efectivos.

El adolescente relató ante la fiscal que había una mujer policía. “Ahí estaba también una milica, de pelo rojo, petisa, que estaba tomando los datos de mi hermano y los míos. Mi hermano ve que ella pone que yo tengo 18 y le dice ‘no, él tiene 17 años’”.

Con su hermano sangrando la cabeza sobre un móvil de la Bonaerense, los efectivos buscaban la reacción del mayor para tener excusas para detenerlo. “‘Chávez’ me hablaba a mí para buscarme y que yo reaccione mal”, contó el chico.

Transcurrida la media hora —evidentemente, sin otra emergencia en Seguridad que cubrir—, los policías les solicitaron que les pidieran “disculpas” por las molestias que les habían causado a ellos.

 

“Humillar o denigrar”

La identificación de los policías torturadores se logró gracias al informe del sistema AVL, que registra satelitalmente los movimientos de los centenares de patrulleros que hay en La Plata; también por un informe del subcomisario Edgardo Guerrero, del CPC La Plata Zona Norte, que indicó que se movilizaban en los patrulleros RO 19610 y RO 20081. Con ese material, la denuncia de la madre de los chicos e informes policiales y del médico de Policía, la fiscal Lacki, titular de la UFI 2 de La Plata, solicitó la detención de los cuatro agentes del CPC. El juez de Garantías Pablo Reale hizo lugar apenas 48 horas después de cometidos los hechos. El 19 de mayo la Cámara les otorgó la excarcelación (ver aparte).

Para la fiscal y el juez, los policías —Ángel Segovia, María Florencia Aguirre, Adrián Pared y Ariel Rojas, que se negaron a declarar ante la Justicia— cometieron prima facie el delito de “vejaciones y apremios ilegales agravados por violencia y por su comisión con fines de venganza, en concurso real con lesiones leves”.

Al describir la conducta endilgada, Reale distinguió que “los apremios ilegales se cometen con el fin de obtener algo, en cambio las vejaciones se agotan en sí mismas, más allá del móvil que la guíe, sólo intentan humillar o denigrar a quien las padece”. Si bien en esta etapa procesal no está aún acreditado quiénes fueron los que aplicaron los castigos, para el juez hay elementos para acreditar “la autoría de los cuatro encartados, toda vez que a mi juicio ha existido en todos ellos un dominio funcional respecto del injusto”. “Los cuatro funcionarios policiales arribaron al lugar del hecho, en dos móviles, descendieron y dos de ellos habrían agredido físicamente a la víctima, mientras los dos restantes mediante su omisión permitieron el accionar de los primeros”, completó Reale.

 

 

Lo menos es más

Al describir el delito de “vejación”, el juez Reale explicó que muchas veces se entiende como un maltrato psicológico, aunque precisó que “en doctrina la mayoría de los autores incluyen el maltrato físico, basándose en que lo que se dice de lo menos se aplica lo más grave. Por ejemplo, si decimos que un menor fue objeto de vejación por sus padres que constantemente lo ridiculizaban en público, también lo será aquel que es objeto de palizas severas”.

Respecto de los “apremios ilegales”, citó un fallo de la Cámara de Santa Fe que indicó que “significa oprimir, sujetar excesivamente a alguien, afligiéndolo o tiranizándolo con medidas arbitrarias, que no están autorizadas por la ley o reglamento. No implica necesariamente el sometimiento de la víctima a deliberados padecimientos”.

 

Hacer y dejar hacer

Los integrantes de las fuerzas de Seguridad tienen, además de la prohibición de aplicar tratos crueles, inhumanos o degradantes a detenidos, la obligación de hacer cesar esa situación o de hacerla saber a la autoridad. De lo contrario cometen otro delito: omitir denunciar torturas.

Eso interpretó el juez Reale en su procesamiento al considerar autores a los cuatro efectivos. Señaló que si bien no podía indicarse en esa etapa procesal quiénes fueron los que golpearon y quiénes los que dejaron golpear, todos tuvieron el “dominio funcional del hecho”.

“En los delitos por omisión impropia o de comisión por omisión sólo pueden ser autores quienes tienen la obligación jurídica de preservar el bien tutelado por la norma. Así, la ley reprime a quienes no sólo hacen algo para lesionar aquel bien jurídico, sino también a los que no hacen algo para evitar el ataque o lesión del mismo”, indicó el magistrado.

 

La elección de la violencia

El 19 de mayo, la Cámara otorgó a los imputados la excarcelación, que el juez de primera instancia había rechazado por considerar que podían “intentar entorpecer la investigación” de un suceso “de inusitada gravedad”. Reale había planteado que demostraron “un total desapego a las normas de convivencia social y una conducta de marcada impunidad frente a ellas, la cual se trasluce en que la maniobra delictual ha sido desarrollada en la vía pública en inmediaciones de un establecimiento educativo”. Que “se ha elegido la violencia por sobre la articulación de mecanismos informativos para dar cuenta a las víctimas de la importancia de la prevención policial ante el aviso del 911 y las consecuencias que genera el presunto falso aviso”. Y que los policías deben ser “honradamente guardianes del orden social” y no alterarlo “con la presumible comisión de los hechos que deben prevenir”.

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