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NÚMERO
79 - MAYO 2010
Argentina rinde examen ante el mundo
DESAPROBADA EN NIÑEZ
Desde el martes 25 y hasta el 11 de junio, sesionará en Ginebra el órgano que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño en los estados que firmaron ese compromiso. La Comisión Provincial por la Memoria presentó un “informe alternativo” al documento oficial del Estado argentino. Queda claro que la situación de niños y adolescentes deja mucho que desear.
Por Daniel Badenes
Argentina, Guatemala, Bélgica, Granada, Japón, Nigeria, Túnez y la República de Macedonia serán los países evaluados por “expertos independientes” en el 54° período de sesiones del Comité de los Derechos del Niño, el órgano creado por la Convención de la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptada en noviembre de 1989, que nuestro país ratificó por ley menos de un año después de esa fecha. Además de asumir responsabilidades sobre la situación de los derechos de niños, niñas y adolescentes en sus países, los estados que firmaron están comprometidos a presentar “informes sobre las medidas que hayan adoptado para dar efecto a los derechos reconocidos en la Convención”, ocasión en la que los diferentes gobiernos intentan mostrar su mejor cara. Esa obligación debe cumplirse cada cinco años. 2010 vuelve a ser el turno de la Argentina. Y en esta ocasión, aprovechando la posibilidad abierta en el sistema internacional de presentar “informes alternativos”, el Comité contra la Tortura de la Comisión por la Memoria decidió remitir su propia versión, centrada en la situación de la Provincia de Buenos Aires, donde la mitad de los menores de 18 años son pobres y a su vez, en la mitad de esos casos, la pobreza es extrema.
Las políticas públicas dirigidas a niños y adolescentes, la profunda vulnerabilidad social de los sectores pauperizados, la legislación penal juvenil, el abuso de la prisión preventiva, las pésimas condiciones en los lugares de encierro y las cotidianas violaciones de los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad, son algunos de los temas del revelador “informe alternativo” que La Pulseada presenta a continuación en fragmentos, y que puede consultarse completo en el blog de la revista (www.lapulseada.blogspot.com). La conclusión es que “no se cumple con los estándares internacionales mínimos” que establecen tratados y leyes vigentes.
Al tiempo que critica la escasa y poco fiable información brindada por los poderes ejecutivos, la Comisión Provincial por la Memoria, un organismo estatal que goza de autonomía, reconoce que el gobierno provincial le ha permitido actuar “sin restricciones, pudiendo ingresar en cualquier sector de los institutos de menores sin dificultades”. Eso la habilita a denunciar con conocimiento de causa, y considerar que está cumpliendo “funciones de control y monitoreo de lugares de detención establecidas en el Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura de Naciones Unidas”.
En verdad –como bien apunta en otra parte del informe- el Estado argentino “nunca reglamentó” la ley de 2004 que adhirió a ese Protocolo, “por lo cual hasta la actualidad y pese a la insistencia y reclamos de los organismos locales de derechos humanos, dicho tratado y su respectiva ley aún continúan siendo abstractos y ajenos a la realidad institucional y operativa del sistema penal, sin haber podido aún salir del estado de la proclamación enunciativa”. No es el único tema donde la realidad muestra una distancia abismal respecto a lo que dicen los papeles. En sus distintos puntos, el documento alternativo sobre la situación de la niñez pone en evidencia los límites de lo que el Estado proclama ante el mundo.
Políticas de Infancia
“El Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria ha demostrado un incumplimiento sistemático por parte del Estado provincial, no sólo de las leyes provinciales, Constitución nacional y provincial sino también de las convenciones internacionales de derechos humanos que gozan de jerarquía constitucional en nuestro país”. El informe apunta especialmente a que, más de cuatro años después, no se puso en práctica la legislación de promoción y protección de derechos “pensada por amplios sectores de la sociedad” que reemplazó al régimen del Patronato. “Los órganos protectorios de derechos que pensaba el sistema no se crearon (defensor de los derechos del niño, observatorio social, servicios locales y zonales, etc.) y no se dotó de presupuesto suficiente a su puesta en marcha, siendo su institucionalidad por demás frágil, y más simbólica que concreta en cuanto a programas, recursos y ejecución”. Además, “resulta necesario subrayar que aún hoy, al año 2010 no se ha implementado la figura del Defensor de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, a casi 5 años de su creación normativa, destacada por el estado argentino como avance en el informe precedente”.
Falta de información
Se remarca “la cronicidad en la falta de datos estadísticos confiables, útiles y de acceso público”, en especial sobre la situación de adolescentes en conflicto con la ley, lo que “continua siendo una deuda del estado provincial y nacional“. El Comité contra la Tortura recuerda el esquema básico de 15 indicadores sobre la justicia penal juvenil que, según la organización de naciones unidas para la infancia (UNICEF), “deberían medirse en forma estandarizada y sistemática”. “Ninguno de estos indicadores de medición existen en la Provincia de Buenos Aires ni en Argentina”, lo que permite la actuación discrecional en esa área. Asimismo, señala el informe, esa “falta de información, ya sea por su inexistencia, inaccesibilidad o falta de desagregación, contribuyen a que ´sobre los jóvenes se pueda decir prácticamente cualquier cosa´, aumentando exponencialmente la vulneración de los adolescentes con causas penales, construidos socialmente como un colectivo amenazante sobre el cual se montan las demandas ciudadanas en campañas de ´ley y orden´ y ´mano dura´”.
Judicialización
Pese a las reformas legislativas, siguen existiendo “causas asistenciales y penales bajo la matriz del patronato sobre la cual no existe un plan de gestión integral”. Se denuncia “la discrecionalidad, falta de control y disparidad en los criterios jurídicos”, en especial “por su prolongación en el tiempo y por su persistente invisibilización por parte de las instituciones facultadas en la materia”. Por otra parte, se observan con preocupación “dos intentos de reformas legislativas en la materia” registrados en 2009: “Por un lado el poder ejecutivo provincial presentó un proyecto de ley para un Código de Contravenciones de tipo inquisitivo, retrogrado y antijurídico que facultaba a la agencia policial para detener a jóvenes a partir de los 14 años cuando incumplieran normas contravencionales (cuando la ley nacional establece la edad de imputabilidad recién desde los 16 años). Por otra parte, se presentó otro proyecto de ley (que llegó a obtener media sanción parlamentaria) que a través de la modificación del art. 41 de la ley 13.634 preveía la duplicación de los plazos máximos para la aprehensión antes de la orden de detención (de 12 a 24 hs.) y también duplicaba el plazo previsto para la realización de la audiencia inicial (de 5 a 10 días)”.
Prisión “preventiva”
“El uso generalizado de la prisión preventiva como aval de la privación de libertad para adolescentes preocupa y refrenda los peores vicios del sistema penal ya conocidos en el caso de los adultos, ahora replicado para los más jóvenes”. Según el informe, “si bien el poder judicial no elabora ni publica los datos referidos a la condición procesal de las personas menores de edad, se han sistematizado por cuenta propia los datos de personas detenidas en Centros Cerrados y de Recepción, dando por resultado que para junio de 2009 más del 70% de las plazas del sistema de encierro penal estaban ocupadas por adolescentes bajo la figura de prisión preventiva. Sólo un 5% se encontraba en situación de juicio o ya condenados, estando el resto de la población en la etapa inicial de detención. Sobre aquellos con prisión preventiva, más de la mitad (52%) se encontraban hacía 6 meses o más en dicha condición, es decir, bajo el plazo de prórroga ´excepcional´. Por otra parte un 11% permanecían hacía más de un año detenidos bajo la figura de prisión preventiva (límite máximo luego del cual la ley 13.634 prevé que debe ser liberado sin más que el oficio correspondiente). Es decir, la cifra se eleva al 63%. Ello exhibe sin eufemismos el uso indiscriminado y generalizado de las plazas disponibles para la privación de libertad como receptáculo de adolescentes, amparados bajo el principio de presunción de inocencia pero encarcelados ´preventivamente´, por plazos que deberían ser excepcionales, transformados así esta modalidad y extensión en regla”.
Condiciones de encierro
El Comité advierte “con suma preocupación acerca del aumento de la prisionización de niños, niñas y adolescentes, tendencia contraria a los flamantes lineamientos normativos de la provincia en esta materia, así como al incremento de los regimenes de máxima seguridad como oferta institucional hegemónica”. Además, los adolescentes detenidos “no se encuentran clasificados o separados según su situación procesal (condenados o por medida cautelar) desdibujando aún más el sentido estipulado para la permanencia en este tipo de establecimientos con arreglo a los principios de responsabilización frente a actos delictivos judicialmente sancionados y violando expresamente el art. 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos así como las Observaciones Nro. 10 del Comité de los Derechos del Niño y los tratados internacionales suscriptos por Argentina. Antes bien, en los establecimientos de la Provincia sólo excepcionalmente los adolescentes se encuentran separados en virtud de su edad, primando la distribución de los mismos por criterios ajenos a derecho o a principios de tratamiento”.
En relación a los ámbitos de encierro, se afirma que “las violaciones de derechos humanos son constantes: torturas, paupérrimas condiciones de detención edilicias, de hacinamiento, falta de acceso a la salud, educación y regímenes de vida que violan toda normativa existente. La vida de los adolescentes en los lugares de detención reconoce la ausencia programática de actividades educativas, recreativas y formativas, combinada esta ausencia con regímenes de encierro y aislamiento prolongado, que los transforman en verdaderos depósitos de adolescentes basados en el principio de desactivación y neutralización subjetiva, aún en el marco de leyes que suponen la ´responsabilización´ y el desarrollo integral de dichos sujetos dentro de estas instituciones. El maltrato verbal y psicológico, los golpes y la desatención profesional resultan prácticas harto denunciadas por este Comité, sobre las que sólo se obtiene como respuesta la inacción del Poder Ejecutivo”.
En cuanto a la vestimenta: “se provee a los jóvenes un uniforme (una sola muda semanal) que en muchas ocasiones no se condice con su talla corporal, presentando roturas significativas y muchas veces inadecuada para la estación climática. Ello hace que varios jóvenes permanezcan con ropa atada con hilos, rota y deshilachada. A su vez, en muchos institutos no se les permite a los jóvenes utilizar zapatillas, por lo cual deben permanecer durante todo el año con ojotas o descalzos”.
Sobre el personal a cargo de esos lugares, se considera “inadmisible la falta de control y monitoreo sobre la capacidad y formación adecuada del personal al que se le delegan las funciones de cuidado y asistencia. Asimismo, las autoridades y funcionarios permiten que los trabajadores transcurran 3, 4 y hasta 5 días corridos de trabajo, sin el necesario descanso que este tipo de tareas en particular requiere”.
En la “corta experiencia” de la Provincia de Buenos Aires con el nuevo Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, “se percibe un incremento importante de la detención de jóvenes en Institutos Cerrados y de Recepción que ha llevado a la sobrepoblación y alojamiento en lugares no habilitados para ello”. Sobre esas instituciones, nombradas por la normativa vigente como “centros de recepción” o “centros cerrados”, el informe denuncia “un funcionamiento acorde al modelo de las cárceles-depósitos para adolescentes pobres, excluidos y vulnerados en sus derechos como niños o personas en desarrollo, violando todos y cada uno de los lineamientos previstos para el abordaje institucional de estos sujetos”. Una conclusión, a esta altura evidente, es que “no se trabaja la responsabilización de los jóvenes por el delito cometido, es decir no se cumple con el fin que el régimen otorga a la detención”.
Denuncias desoídas
“Las autoridades de la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires han desoído e ignorado cada una de las intervenciones del Comité contra la Tortura, cuando se han señalado -luego de numerosas inspecciones y presentaciones- las inadecuadas condiciones de detención que ésta Subsecretaría diseña y ejecuta para los adolescentes en conflicto con la ley penal”. Sólo el año pasado, el Comité presentó dos recursos judiciales de “habeas corpus colectivos” sobre centros cerrados de detención: uno sobre la Alcaldía del Centro Cerrado “Almafuerte” y otro sobre la Alcaldía del Centro Cerrado “Nuevo Dique”, reiterado en 2010 por la persistencia en las irregularidades señaladas en la sentencia, tras el cierre de la causa. “Es imprescindible señalar –advierte el informe- que las ´Alcaldías´ no están tipificadas ni regidas por normativa alguna. Este tipo de instituciones, que albergan a los ´recién detenidos´ (en términos conceptuales) pero que en la realidad funcionan como celdas de tránsito donde los adolescentes pueden permanecer hasta 2 meses (casos constatados y documentados por este Comité). Las paupérrimas condiciones de detención en dichas celdas, sin tiempo de recreación ni actividades educativas o recreativas resulta un mojón normativo, ya que nunca se las tipificó ni estableció por normativa ministerial o provincial”.
Abuso policial
“Queda suficientemente demostrado desde las diversas fuentes trianguladas” que “a través de la policía bonaerense, persisten en las prácticas sistemáticas de tortura, apremios, malos tratos y humillaciones varias sobre los jóvenes en situaciones de vulnerabilidad social”. Personas menores de edad “siguen siendo sistemáticamente sometidas a apremios ilegales, torturas, amenazas y detenciones ilegales en comisarías, llegando estas prácticas a su mayor y más aberrante expresión posible en el caso de Luciano Arruga”.
Desaparición forzada
El “informe alternativo” dedica un apartado especial al caso de Luciano Arruga, cuya historia contó La Pulseadaen un extenso informe publicado hace dos meses. “No obstante el retorno de la democracia en el año 1983, se siguen registrando casos de desapariciones forzadas en los que la fuerza policial está sospechada e incluso condenada por su participación directa”, señala el equipo de la Comisión Provincial por la Memoria.
Luciano está desaparecido desde la madrugada del 31 de enero de 2009. Tenía 16 años y sobrevivía en un barrio humilde de La Matanza, donde el Estado está prácticamente ausente. La responsabilidad del Destacamento de la zona en su desaparición es evidente, pero el personal policial sigue en funciones.
“Los abogados que patrocinan a los familiares de Luciano manifiestan que existe una gran morosidad en el curso de la investigación y que aún no se han iniciado investigaciones penales por nuevos delitos que se desprenden del expediente, aún habiéndose detectado graves situaciones, tal como adulteraciones de los registros de la comisaría, tachaduras, hojas arrancadas o corregidas, resultantes de las pericias obrantes en la causa”. El informe dirigido al comité de las Naciones Unidas que deberá evaluar el trabajo del Estado argentino sobre los derechos de niños y adolescentes, concluye con la referencia a este caso paradigmático: “El poder ejecutivo ha desoído y tomado una actitud de absoluta inacción respecto del caso de Luciano Arruga. Sólo a modo de ejemplo cabe destacar que nunca contestó los pedidos de informe de la defensa de Luciano, así como el gobernador provincial jamás accedió a recibir a los familiares. Por otra parte, el poder judicial aún no caratuló la causa como desaparición forzada de personas, sino simplemente de averiguación de paradero. A casi 30 años de la restauración del orden constitucional en Argentina, lamentablemente aún existen niños y adolescentes que desaparecen a manos de la fuerzas del estado, bajo el régimen democrático del estado de derecho”.
* Se autoriza la reproducción total o parcial del contenido,
citando la fuente y remitiendo un ejemplar de la publicación
a La Pulseada.
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